Tras su aprobación por mayoría simple (por 16 votos a favor y 9 en contra) la Ley de Medios volverá a la Cámara de Diputados, donde se prevé dar sanción definitiva a la norma el próximo 22 de diciembre.
El Frente Amplio quiere con esta ley, cuestionada en diferentes puntos por la oposición, establecer la regulación de la prestación de servicios de radio, televisión y otros servicios de comunicación audiovisual.
Según informa la Agencia EFE en su crónica, algunos de los senadores de la oposición solicitaron mayorías especiales en la votación para poder aprobar la Ley, es decir, el acuerdo de dos tercios de la Cámara, un reclamo que luego fue desestimado.
El senador frenteamplista Ernesto Agazzi defendió que "prácticamente todos los países tienen leyes que regulan los medios de comunicación" y que "cada sociedad construye estas herramientas para sus problemas" como "traje a medida".
Agazzi añadió que se trata de avanzar en un sistema que está "muy concentrado en pocos medios", como la televisión uruguaya.
El Partido Nacional (PN) cuestionó la redacción de la norma por considerarla "hiperdetallista" y "estatista", "monopólica" y violatoria del Derecho Internacional, según publica hoy El Espectador.
Los contenidos de esta Ley, que cuenta con 186 artículos, está lejos de ser una "mordaza", sino que es "un camino de luces que se prenden para la democratización de los medios", agregó Agazzi, quien adelantó que se constituirá un consejo consultivo con participación ciudadana para la aplicación de la Ley.
La senadora Constanza Moreira señaló que no se trata de una Ley "improvisada", puesto que se lleva debatiendo desde 2010 y que sitúa a Uruguay en esta materia delante de países como Brasil, que está empezando a dar los primeros pasos para aprobar una legislación similar.
Por su parte el presidente José Mujica se expresó a favor de la Ley horas antes de su aprobación y afirmó que no quiere "que Clarín, Globo o (Carlos) Slim se hagan dueños de las comunicaciones en Uruguay".
Según el artículo 106 del proyecto, las personas jurídicas aspirantes a titular de un servicio de comunicación audiovisual deberán cumplir, como mínimo, requisitos como "no ser filiales o subsidiarias de sociedades extranjeras, ni realizar actos, contratos o pactos societarios que permitan una posición dominante del capital extranjero en la conducción de la persona jurídica licenciataria".
Además, el artículo 51 concreta que "es deber del Estado instrumentar medidas adecuadas para impedir o limitar la existencia y formación de monopolios y oligopolios en los servicios de comunicación audiovisual, así como establecer mecanismos para su control.
Fuente: EFE