Uno de los aspectos que trajo más polémica en esta iniciativa parlamentaria es el artículo 388 de la LUC sobre el derecho a huelga. En términos generales, se plantea que se respetará este accionar de forma pacífica, y se permitirá el derecho al trabajo para los no huelguistas. Escuche el informe del periodista Bruno Barreto en el programa Fuerte y Claro.
El ministro de Trabajo Pablo Mieres reafirmó que el derecho a huelga está garantizado y las reformas que se harán en el proyecto de urgente consideración no vulnerarán las manifestaciones sindicales.
Para el exsubsecretario de Trabajo y Seguridad Social, Nelson Loustaunau, estas modificaciones que se plantean son “imposibles” de llevarlas en la práctica.
En declaraciones al programa “Fuerte y Claro” Loustaunau manifestó que la huelga es una “explosión del conflicto colectivo”, por lo que pretender que este accionar sea “pacífico” es algo insostenible, dado que el objetivo es llamar la atención del empleador, ante medidas que los sindicatos entienden como una infracción en los derechos de los trabajadores.
Mientras tanto para el abogado laboralista Alberto Baroffio, no hay una “definición legal” de lo que es huelga, y existen dos visiones sobre esta manifestación.
Baroffio señaló a “Fuerte y Claro”, que una posición sostiene que la huelga es la abstención total por parte de los trabajadores de no realizar ninguna actividad y no asistir al lugar de trabajo, al tiempo que la otra interpretación implica otras medidas donde se aplica lo dicho anteriormente con el agregado de ocupar la empresa.
Por su parte el licenciado en Relaciones Laborales Joaquín Perrone, sostuvo que hay “consenso” en la gran mayoría de los actores e institutos jurídicos involucrados, que aplicar la norma de urgente consideración para este apartado del trabajo es “inoportuna”.
Perrone dijo a “Fuerte y Claro” que Uruguay arrastra una rica tradición en materia de negociación colectiva y uso libre al derecho de huelga, donde además según explicó, esta manifestación no necesariamente termina en una ocupación.
En cuanto a las ocupaciones, que se trata de una extensión de la huelga, Baroffio manifestó que si bien hace 10 años que este accionar por parte de los sindicatos prácticamente no se realiza, pero eso no significa que haya dejado de existir o incluso, se cataloga con otros nombres como la "asamblea permanente".
El especialista explicó que la huelga no se permitirá cuando se provoca un "sabotaje", donde los trabajadores o la organización sindical actuante provoque la rotura de máquinas o un daño hacia el empleador.
Por otra parte el exsubsecretario del MTSS, manifestó que se modificarán las Relaciones Laborales en un contexto de pandemia que generará desempleo y advirtió que la movilización sindical aumentará en forma sostenida.